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Herramienta gratuita · Familia

Actualizar la pensión de alimentos con el IPC: calculadora

La pensión se multiplica por la variación anual del IPC que fije su sentencia o convenio. Calcúlela aquí con los datos del INE.

Calculadora

Calcule la pensión actualizada

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La pensión

La que fija la sentencia o el convenio. Si ya se ha actualizado alguna vez, puede poner la última cantidad actualizada y la fecha desde la que se paga.

El de la sentencia, el convenio o la última actualización.

La calculadora tiene los datos del INE desde 1990.

Cómo se actualiza

Si dice «cada año» sin más, revise si fija una fecha. Muchas resoluciones actualizan en enero; otras, en el mes en que se dictaron.

Si solo dice «el IPC», suele entenderse el índice general que publica el INE para toda España; si tiene dudas, consúltelo. Si dice el de Cataluña, elija ese.

Si lo escribe, la calculadora le dice cuánto falta, o sobra, cada mes respecto a la cantidad actualizada.

Respuesta corta

¿Cómo se actualiza la pensión de alimentos con el IPC?

Se multiplica la cantidad vigente por la variación anual del IPC que indique la sentencia o el convenio, normalmente una vez al año: si la pensión es de 300 euros y el IPC ha subido un 2,9 %, pasa a 308,70 euros. Al año siguiente se aplica el nuevo IPC sobre la cantidad ya actualizada. En Cataluña, la ley permite que las partes o el juez fijen esa actualización anual según el IPC o un índice similar (artículo 237-9 del Código civil de Cataluña); en el Código civil, el convenio regulador de un divorcio o una separación debe contener, siempre que sea aplicable, los alimentos y sus bases de actualización (artículo 90.1.d); en Cataluña, el convenio con hijos debe indicar también los criterios de actualización de los alimentos (artículo 233-2.4.b del Código civil de Cataluña).

2,9 %
subió el IPC general de España en 2025, de diciembre a diciembre. INE
2,5 %
subió el IPC general de Cataluña en 2025, de diciembre a diciembre. INE
Cada año, si así se fija
es la actualización que, según la ley catalana, pueden fijar las partes o el juez, con el IPC o un índice similar. Art. 237-9 del Código civil de Cataluña

Quién la ha elaborado. La calculadora es de Ajuridic, que lleva divorcios, rupturas de pareja y pensiones bajo el derecho civil catalán. Ajuridic es un despacho de abogados generalista de Barcelona, con sede en el Carrer del Freser, 104 (El Clot, Sant Martí), que trabaja en nueve áreas: familia y divorcios, herencias, extranjería, laboral, accidentes de tráfico, negligencias médicas, responsabilidad civil, multas y derecho municipal, e inmobiliario. Lo dirige Noemí Ampurdanés Parés, abogada colegiada del ICAB n.º 22359, con más de treinta años de ejercicio, y trabaja con notarios, procuradores y peritos. Atiende en castellano, catalán, inglés y árabe (árabe con cita previa); apoyo en filipino si lo indica al pedir cita.

Revisado el 5 de noviembre de 2026 con los textos consolidados del BOE y los datos del INE. Información general: no sustituye el estudio de su caso.

Ejemplo con el IPC de España

327,18 €

Una pensión de 300 euros fijada en marzo de 2023 que se actualiza cada enero con el IPC del año anterior: 309,30 euros en 2024, 317,96 en 2025 y 327,18 desde enero de 2026.

IPC de diciembre de 2025, España
2,9 %
IPC de diciembre de 2025, Cataluña
2,5 %
Último dato definitivo del INE
septiembre de 2026
Ver la tabla del IPC
Variación anual del IPC general publicada por el INE; artículo 237-9 del Código civil de Cataluña.
Artículo 237-9 del Código civil de Cataluña

Cómo se actualiza la pensión de alimentos

La pensión de alimentos de los hijos, y la prestación compensatoria cuando se paga en forma de pensión, se fija en una cantidad mensual. Para que no pierda valor con los años, la sentencia o el convenio suelen decir que se actualizará cada año según el índice de precios al consumo (IPC). En Cataluña, la ley lo permite expresamente: las partes, de mutuo acuerdo, o el juez pueden sentar las bases de la actualización anual de los alimentos según las variaciones del IPC o de un índice similar (artículo 237-9.1 del Código civil de Cataluña). En el Código civil, el convenio regulador debe contener, siempre que sea aplicable, la contribución a las cargas del matrimonio y los alimentos, con sus bases de actualización y garantías en su caso (artículo 90.1.d). En Cataluña, el convenio con hijos que dependen de los cónyuges debe indicar los criterios de actualización de los alimentos (artículo 233-2.4.b del Código civil de Cataluña).

La cuenta es sencilla: se multiplica la cantidad vigente por la variación anual del IPC que corresponda. Si el IPC ha subido un 2,9 %, la pensión se multiplica por 1,029. Al año siguiente se hace lo mismo sobre la cantidad ya actualizada, de modo que las subidas se acumulan.

Lo que hay que mirar en la resolución es cuándo se actualiza y qué IPC se aplica. Muchas resoluciones actualizan cada 1 de enero con la variación del año anterior, de diciembre a diciembre; otras actualizan en el mes en que se dictaron, con la variación de los doce meses anteriores. Si su resolución dice otra cosa, por ejemplo «el último IPC publicado», el resultado puede variar unas décimas. Si su resolución no prevé ninguna actualización, esta calculadora no se le aplica: consúltenos.

Paso a paso

Un ejemplo de actualización año a año

Una sentencia de marzo de 2023 fija una pensión de 300 euros al mes, que se actualiza cada 1 de enero según el IPC general de España del año anterior:

  • Enero de 2024: el IPC subió un 3,1 % en 2023. 300 × 1,031 = 309,30 euros.
  • Enero de 2025: el IPC subió un 2,8 % en 2024. 309,30 × 1,028 = 317,96 euros.
  • Enero de 2026: el IPC subió un 2,9 % en 2025. 317,96 × 1,029 = 327,18 euros.

En este ejemplo, la primera actualización aplica el IPC de todo 2023, aunque la pensión empezó en marzo. Hay resoluciones que, en cambio, esperan a que pase un año entero o prorratean: compruebe lo que dice la suya. La calculadora del INE compara índices entre dos meses y puede dar unos céntimos de diferencia con este método, que aplica las tasas publicadas.

Datos del INE

Tabla del IPC para actualizar la pensión

Variación anual del IPC general publicada por el INE, con un decimal. Último dato definitivo: septiembre de 2026.

IPC de diciembre: lo que subieron los precios cada año, de diciembre a diciembre
AñoEspañaCataluña
20252,9 %2,5 %
20242,8 %2,9 %
20233,1 %3,2 %
20225,7 %5,2 %
20216,5 %6,1 %
2020−0,5 %−0,6 %
20190,8 %0,9 %
20181,2 %1,4 %
20171,1 %1,2 %
20161,6 %1,9 %
20150,0 %0,3 %
2014−1,0 %−0,7 %
20130,3 %0,2 %
20122,9 %3,6 %
20112,4 %2,5 %
20103,0 %3,0 %
IPC de los últimos doce meses: variación anual de cada mes
MesEspañaCataluña
septiembre de 20264,9 %4,5 %
agosto de 20264,3 %4,0 %
julio de 20263,6 %3,5 %
junio de 20263,2 %3,2 %
mayo de 20263,2 %3,1 %
abril de 20263,2 %3,0 %
marzo de 20263,4 %3,1 %
febrero de 20262,3 %2,0 %
enero de 20262,3 %2,0 %
diciembre de 20252,9 %2,5 %
noviembre de 20253,0 %2,6 %
octubre de 20253,1 %2,6 %

Para una actualización en enero se usa la fila del año anterior de la primera tabla. Para una actualización en otro mes, se usa la variación anual del mes anterior de la segunda tabla: por ejemplo, para actualizar en junio, la de mayo. Los datos de años anteriores están en la propia calculadora.

España o Cataluña

Qué IPC hay que aplicar

El INE publica el IPC general de España y el de cada comunidad autónoma. Se aplica el que diga la resolución. Si solo dice «el IPC», suele entenderse el índice general de España; si dice el de Cataluña, el de Cataluña, y si tiene dudas, consúltelo. La diferencia entre los dos suele ser de unas décimas al año.

El INE publica cada mes dos datos: un indicador adelantado, a final de mes, y el dato definitivo, hacia mediados del mes siguiente. La calculadora usa solo los definitivos.

Cuando el IPC baja, como en diciembre de 2014 o de 2020, la pensión también baja si la resolución dice que se actualiza «según las variaciones» del IPC. Algunas resoluciones solo prevén subidas. Si en su periodo hubo un año de bajada, la calculadora le dice las dos cantidades.

Reclamar la diferencia

Qué pasa si la pensión no se ha actualizado

Si la sentencia o el convenio fijan la actualización, forma parte de la obligación: quien paga debe aplicarla cada año, sin que haga falta otra resolución. Si no la aplica, quien cobra puede reclamar las diferencias, primero por escrito y, si no se pagan, pidiendo la ejecución de la sentencia o del convenio aprobado.

Esas diferencias no se pueden reclamar sin límite de tiempo: los plazos son de pocos años, dependen de la ley aplicable y de la fecha de cada mensualidad, y las diferencias más antiguas pueden haberse perdido. Si quiere saber qué puede reclamar en su caso, tráiganos la resolución y el cálculo.

Artículo 233-7 del Código civil de Cataluña

Actualizar no es modificar la pensión

La actualización con el IPC mantiene el valor de la pensión, pero no la cambia. Si lo que ha cambiado son, de forma sustancial, las circunstancias, por ejemplo, los ingresos de quien paga o las necesidades de los hijos, hay que pedir una modificación de medidas, de común acuerdo o ante el juez (artículo 233-7 del Código civil de Cataluña; artículos 90.3 y 91 del Código civil).

La prestación compensatoria entre excónyuges, cuando se paga en forma de pensión, también puede actualizarse: a petición de parte, pueden fijarse criterios objetivos y automáticos de actualización de su cuantía, como el IPC (artículo 233-17.3 del Código civil de Cataluña). Si su resolución lo hizo así, esta calculadora también le sirve.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre la actualización de la pensión de alimentos

¿Cómo se calcula la actualización de la pensión de alimentos con el IPC?

Se multiplica la cantidad vigente por uno más la variación anual del IPC: con una subida del 2,9 %, por 1,029. Cada año se aplica sobre la cantidad ya actualizada, y la fecha y el índice son los que diga la sentencia o el convenio.

¿Qué IPC se aplica, el de diciembre o el interanual?

Depende de la resolución. Si la pensión se actualiza cada 1 de enero, se aplica la variación de diciembre a diciembre del año anterior. Si se actualiza en el mes en que se dictó la resolución, se aplica la variación anual de los doce meses anteriores.

¿Se aplica el IPC de España o el de Cataluña?

El que diga la sentencia o el convenio. Si solo dice «el IPC», suele entenderse el índice general que publica el INE para toda España; si tiene dudas, consúltelo. La calculadora tiene los dos.

¿Cuánto subió el IPC en 2025?

Según el INE, el IPC general de España subió un 2,9 % de diciembre de 2024 a diciembre de 2025, y el de Cataluña, un 2,5 %. Son las tasas que se aplican en las pensiones que se actualizan en enero de 2026.

¿Hay que pedir al juez que actualice la pensión?

No, si la sentencia o el convenio ya fijan la actualización: quien paga debe aplicarla cada año. Si no lo hace, quien cobra puede reclamar las diferencias y, si no se pagan, pedir la ejecución de la resolución.

¿Qué pasa con la pensión si el IPC baja?

Si la resolución dice que se actualiza según las variaciones del IPC, la pensión también baja. Algunas resoluciones solo prevén subidas. Si en su periodo hubo un año de bajada, la calculadora le muestra las dos cantidades.

¿Se pueden reclamar las actualizaciones que no se pagaron?

Sí, las diferencias entre lo pagado y lo que correspondía con la actualización se pueden reclamar, pero no sin límite de tiempo: los plazos son de pocos años, dependen de la ley aplicable y de la fecha de cada mensualidad, y las diferencias más antiguas pueden haberse perdido. Conviene consultarlo con la resolución a mano.

¿Actualizar con el IPC es lo mismo que modificar la pensión?

No. La actualización solo mantiene el valor de la pensión. Para cambiar la cantidad porque han variado sustancialmente las circunstancias hay que pedir una modificación de medidas, de común acuerdo o ante el juez (artículo 233-7 del Código civil de Cataluña).

Fuentes oficiales, consultadas el 5 de noviembre de 2026:

Consulta

Si la pensión no cuadra o quiere cambiarla

Si quien paga no aplica la actualización, si no sabe qué dice su resolución o si las circunstancias han cambiado de forma sustancial, podemos revisarlo con usted. En la primera visita se le orienta sobre los pasos; el estudio de la documentación puede tener honorarios, que se le presupuestan antes de empezar. Atendemos en castellano, catalán, inglés y árabe (árabe con cita previa).

Primera visita: condiciones*

Al confirmar la cita, el despacho le indica si la visita es sin coste o si, por el tipo de asunto, tiene honorarios; en ese caso, le informa del alcance y del importe antes, y usted decide si acepta.

*La primera visita sin coste comprende una consulta inicial de orientación sobre el caso. No incluye el estudio previo de documentación. Si para atender la consulta hace falta ese estudio, o si se trata de un asunto laboral o penal, puede haber honorarios. El despacho informará antes del alcance y del importe; el cliente decidirá si acepta.

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